Para aquellos que les gusta ir al los antros, les recuerdo que también en esos sitios tienes derechos como consumidor que debes conocer para que puedan ser respetados
Ningún establecimiento tiene derecho a discriminar.
La LFPC establece en el artículo 58: “El proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, condición étnica, preferencia sexual o religiosa, o cualquier otra particularidad”.
No pueden obligar a un consumo mínimo.
De igual manera, los antros no pueden condicionar el proporcionar mesa a que se adquiera una botella de vino. La mesa forma parte indispensable del servicio, por lo que no se debe sujetar a la compra de alcohol.
Los precios deben estar a la vista o en la carta
De acuerdo con el artículo 7 bis. “El proveedor está obligado a exhibir de manera visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofezca al consumidor”.
El establecimiento debe hacer válidas sus promociones
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No deben cobrar el servicio o exigir propina
Quejas demostradas y cómo presentarlas
Si no te respetan alguno de estos derechos puedes acercarte a una de las delegación más cercanas de la Procuraduría del Consumidor.
Al presentar tu queja deberás indicar tu nombre, dirección, teléfono, datos del proveedor, motivo de tu denuncia, fecha y hora; si cuentas con nota o factura que avale tu denuncia anéxala. La denuncia es confidencial.
Visto en : el universal
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